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La Universidad de Alicante borra en la Red el nombre del secretario del consejo de guerra contra Miguel Hernández

El campus, tras la petición de un familiar, elimina de dos artículos digitales el nombre de Antonio Luis Baena, alférez que participó en el juicio que condenó a muerte al poeta

En una decisión inédita y que podría trastocar el ejercicio en España de la profesión de historiador, la Universidad de Alicante (UA) ha accedido a la petición del hijo de un alférez del ejército franquista que ejerció de secretario judicial en uno de los consejos militares que condenaron a muerte a Miguel Hernández. El familiar de Antonio Luis Baena Tocón solicitó a la UA que “se proceda a acordar la eliminación de los datos personales” de su padre, que aparecen en varios artículos de Internet escritos por Juan Antonio Ríos Carratalá, catedrático de Literatura Española de esa misma institución.

Amparándose en la ley de protección de datos personales y del reglamento europeo, el solicitante anuncia una reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos y el inicio de un procedimiento judicial en caso contrario.

La UA ha estimado la petición y ha eliminado (desindexado) el nombre completo de Baena Tocón, que participó en uno de los consejos de guerra que acabaron condenando el poeta (la pena fue conmutada posteriormente por 30 años de cárcel), que, sin embargo, murió dos años después, a los 31, tísico y tuberculoso en el reformatorio para adultos de Alicante en 1942. El hijo de Baena Tocón explicó anoche por correo electrónico a este diario las razones que le han llevado a la reclamación: “He constatado falsedades respecto a cómo era su forma de ser y actuar, de cómo fue su vida… Lo presentan como verdugo y fue una víctima más”.

La UA deja solo las iniciales en uno de los textos alojados en su web. La Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, también vinculada al centro, ha hecho lo mismo con otro de los artículos de Ríos Carratalá, experto en memoria histórica y autor de varios libros, entre ellos, Nos vemos en Chicote. Imágenes del cinismo y el silencio en la cultura franquista (Renacimiento), en el que habla de Baena, entre otros personajes.

La resolución argumenta lo siguiente: “Una vez realizada la ponderación considerando la licitud de la investigación científica, el interés de la publicación difundida, y en la medida que Antonio Luis Baena Tocón no alcanza la consideración de figura pública, se interpreta que debe garantizarse la protección de supresión y el derecho al olvido digital del afectado”. La resolución está firmada por el gerente de la UA, Rafael Pla.

Decisión cautelar

La institución incidió ayer en que se trata de una decisión cautelar y provisional, adoptada a partir del informe de la delegación de Protección de Datos y que una comisión tomará una determinación definitiva.

Desde que el pasado viernes se dio a conocer esta resolución son numerosos los estudiosos de Literatura e Historia que han manifestado en redes sociales sus dudas y su temor ante una decisión que abre un debate sobre los límites de la investigación y de la libertad de expresión. Ríos Carratalá, sin embargo, declinó ayer manifestarse y trasladó las explicaciones a su abogado. Sí se explica el catedrático en un escrito incorporado a la resolución de la UA. Allí argumenta que, como catedrático e investigador, “analiza la participación de quienes formaron parte de aquellos tribunales” y señala que los datos aportados no afectan a la vida privada del afectado y son relevantes “para conocer las actividades del Juzgado Especial de prensa durante el periodo 1939-1943”.

El catedrático añade que “la información expuesta fue facilitada por los archivos militares de Madrid y Segovia” y que “no fueron utilizados ninguno de los datos relativos a la vida privada y a la intimidad que no resultan relevantes para la información pública o la investigación histórica”. E incide en que “provisionalmente y hasta la resolución de este procedimiento” él mismo ha utilizado las iniciales del afectado, si bien subraya que los datos de “D. Antonio Luis Baena Tocón facilitados en los artículos son conocidos públicamente desde 1990, cuando el afectado estaba vivo, gracias a distintas publicaciones académicas que nunca fueron objeto de reclamaciones o querellas”.

Son numerosos los documentos que aparecen en Internet cuando se teclea en un buscador el nombre del que fuera secretario judicial e interventor del Ayuntamiento de Córdoba nombrado en 1966, como se informa en una publicación de la época. En uno de ellos, Ríos Carratalá escribe: “(…) el alférez Baena Tocón, que tanto podría haber contado a los especialistas en la biografía de Miguel Hernández, realizaba durante la posguerra una labor esencial a las ordenes del juez instructor: el expurgo, vaciado y/o desaparición de los fondos de la prensa republicana depositados en la Hemeroteca Municipal de Madrid. Su objetivo era la búsqueda de ‘delitos’, que agravaba con comentarios cuyas consecuencias podían ser una condena a muerte”.

Ríos Carratalá remitió sus declaraciones a su abogado, José Luis Romero. Este explicó: “De momento, se sigue la vía administrativa y se ha presentado un recurso de alzada al rector. En función de su respuesta, decidiremos si vamos al contencioso-administrativo”. El letrado considera que “por encima de todo, hay una lesión al derecho fundamental de libertad de expresión en términos de la investigación histórica”. Considera que si había un tribunal en un juicio sumarísimo, el secretario judicial es una figura pública y, por tanto, figura con nombres y apellidos, como sucede ahora con los letrados de la Administración de Justicia (antiguos secretarios).

Dos reputados historiadores como Isabel Burdiel y José Álvarez Junco se muestran muy cautos porque no conocen el caso. Álvarez Junco no ve clara la argumentación de la UA relativa a que el afectado no alcanzó “la consideración de figura pública”. “Eso no es problema. Es una cuestión más jurídica, aunque puede atentar contra el derecho a la libertad de expresión. Y en caso de duda, yo apuesto por la libertad de expresión. Era una causa pública y como militar puede que al afectado le obligaran a ser secretario judicial… En fin, de ser así no podríamos hablar de nombres ni ejecuciones; siempre habrá un nieto que entiende que no se le puede mencionar. En principio, me parece un poco escandaloso”.

Burdiel, por su parte, sostiene que “las dos partes pueden tener razón. Como decía Isaiah Berlin, son verdades opuestas que son verdad”. “Habría que ceñirse a lo que diga un juez”, añade, al tiempo que señala que la problemática atañe más a los historiadores del siglo XX que a los del XIX, como ella.

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