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Facua denuncia a cuatro festivales por no permitir acceder con comida y bebida del exterior

La ONG de defensa de los derechos de los consumidores asegura que las restricciones causan un desequilibrio entre los derechos de promotores y clientes

La ONG de defensa de los derechos de los consumidores Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a cuatro festivales de música que se celebran este fin de semana en varias ciudades españolas por no permitir el acceso del público con alimentos o bebidas adquiridos en el exterior. En concreto, Facua ha denunciado a las promotoras de los certámenes de Tomavistas, Interestelar Sevilla, Iruña Rock Festival y Spring Festival, eventos que tienen lugar en Madrid, Sevilla, Pamplona y Alicante

Las denuncias han sido interpuestas contra Interestelar Music SL y The Music Republic (Interestelar Sevilla), Tomavistas Música SL (Tomavistas), Irufest Producciones SL (Iruña Rock) y Producciones Baltimore SL (Spring Festival) ante las administraciones de consumo de las provincias donde se celebran los festivales. Spring Festival ya había sido denunciada por Facua en julio de 2018 por este mismo motivo en el Low Festival de Benidorm.

La ONG argumenta en una nota en su página web que la actividad principal de estos eventos es la celebración de conciertos, por lo que «se puede considerar abusivo prohibir el acceso al recinto con comida y bebida procedente del exterior». Facua basa su denuncia en el artículo 82.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece que «no permitir la entrada con comida y bebida de fuera [de las instalaciones] puede ser una cláusula abusiva». Los denunciantes defienden que en estos certámenes se incumple esta disposición, y recuerda que la norma establece como abusivas todas aquellas prácticas que causen «un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato».

Facua señala asimismo que existe una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre la prohibición de entrar a los cines con comida y bebida. Este pronunciamiento recoge que «resulta irrazonable entender la limitación de la capacidad de elección del consumidor» y que «si se limita la posibilidad acceder a la sala en función de la procedencia de los productos y solo se pueden consumir los adquiridos en su interior, resulta que de manera indirecta se está imponiendo que utilice servicios que en principio no ha solicitado pero que se ve forzado a pedir a la propia empresa».

La ONG también recuerda que la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición publicó en 2016 un informe, en el que también se pronunciaba sobre el ingreso de alimentos a salas de cine, que concluía que existía una «cláusula abusiva» para el consumidor por «verse privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada».

Ninguno de los promotores de estos festivales ha realizado declaraciones por sus canales de comunicación públicos comentando la denuncia.

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