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Los expertos rechazan la censura de escribir la historia sin nombres

El catedrático afectado por el borrado del nombre del secretario del consejo de guerra contra Miguel Hernández confía en que la Universidad de Alicante rectifique

Sería como escribir la historia sin nombres, una censura que atenta contra la libertad de cátedra y de investigación y, en definitiva, un “disparate” contra el derecho a la información y a la libertad de expresión. Esta conclusión resume las opiniones de historiadores y expertos consultados por EL PAÍS tras la decisión de la Universidad de Alicante (UA) de eliminar (desindexar) de su web el nombre de Antonio Luis Baena Tocón —secretario judicial del consejo de guerra instruido en Madrid que condenó en 1940 a muerte al poeta Miguel Hernández— de un par de artículos del catedrático de Literatura de ese mismo centro académico José Antonio Ríos Carratalá. La supresión fue reclamada por el hijo del alférez José F. Baena, amparándose en la ley de protección de datos.

Un tanto abrumado por las llamadas de apoyo parecía ayer el propio Ríos Carratalá. “Desde hace años, los investigadores tropezamos con dificultades para acceder a la documentación. Cuando por fin conseguimos esos documentos desclasificados, no podíamos imaginar que ahora se pretendiera hacer una historia sin nombres. Además, no es así, porque la ley de protección de datos también ampara a los investigadores”, dijo a este diario. El catedrático confía en que la Universidad rectifique.

Del mismo modo, historiadores de la institución esperan que el rector, Manuel Palomar, ofrezca hoy explicaciones en la junta de gobierno sobre lo que consideran “un disparate y una vergüenza”, según manifestó a este periódico el catedrático de Historia Moderna Cayetano Mas. Los historiadores preparan un comunicado si la decisión no es convincente. La supresión de datos “contrastados” y que “cualquiera puede comprobar en un archivo” es “la adaptación moderna y digital de la censura, de los procesos inquisitoriales o estalinistas”, añadió. La catedrática de Historia Contemporánea de la UA Rosa Ana Gutiérrez va más allá: “Estamos entrando en un terreno peligroso, que afecta a artículos de la Constitución y a la libertad de investigación y cátedra”. La UA argumenta en su resolución que Baena Tocón no alcanza la “consideración de ‘figura pública”, por lo que prevalece “el derecho de supresión y el derecho al olvido digital” frente a la investigación. Ayer, la universidad insistió en que “una comisión de análisis” estudiará el asunto y decidirá.

El presidente de la Asociación de Historia Contemporánea, Ismael Saz, enfatiza que es “un caso de censura contra la libertad de investigación, de cátedra y de publicación”. “Los investigadores e historiadores trabajamos con personajes y personas de la historia. Están ahí, con nombres y apellidos. Y si hablamos de víctimas hablamos de victimarios. Es una peligrosa involución en el terreno de la expresión y de la investigación”, señala Saz, catedrático de Historia Contemporánea de la Universitat de València.

“Es muy grave para la libertad de investigar y el derecho a saber de la ciudadanía el hecho de que una institución académica censure un trabajo científico”, expone el historiador gallego Dionisio Pereira. Habla desde la experiencia de quien afrontó una situación similar, aunque en su caso acabaría en un pleito que duró dos años porque se negó a modificar los datos. La familia de Manuel Gutiérrez Torres, un falangista que fue alcalde de Cerdedo (Pontevedra) en la posguerra, le pidió que retirase de un libro “una frase en la que constaba su participación (sin especificar hechos) en las represalias padecidas en la comarca tras el golpe militar de 1936” y también que se “retractase públicamente”. El litigio culminó en 2009 con una sentencia de la Audiencia de Pontevedra, que consideraba que “el derecho a la investigación prevalece frente al derecho a la honra” y que el texto denunciado era “un estudio científico” sin pretensión de atentar contra nadie.

Fuera del ámbito de la historia, dos expertos en protección de datos consideran que “no hay caso”. “Si la excusa es que no es un personaje público, es una cuestión de derecho al olvido y no de protección de datos, porque es un derecho que solo cubre a las personas físicas y la personalidad se extingue con la muerte. Los familiares pueden reclamar por la vía civil, como pasó con el secuestro del libro Fariña”, explica Marcos Judel, nuevo presidente de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP), informa Peio H. Riaño. Para Judel, la universidad ha actuado con exceso de cautela para evitar un posible pleito. En ese sentido, Borja Adsuara, abogado experto en derecho digital, cree que la interpretación que ha hecho la universidad de la Ley de Protección de Datos “no tiene ni pies ni cabeza, porque no estamos ante la rectificación de un dato, esto es una investigación histórica y tiene protección jurídica”. «Cree que atravesamos por un momento de mucha confusión en el que se pone en cuestión qué es la libertad de expresión, el derecho de información, protección de datos y derecho a la investigación. “La RGPD está pensada para el tratamiento automatizado de datos, no para una investigación histórica. Por ejemplo, para borrar una cuenta de Facebook”, añade.

Parece bien claro: una cosa es rectificar los datos en una base de datos y otra alterar una investigación histórica de un personaje público, con cargo público, que participó en un acontecimiento público e histórico. Para Adsuara, además, los datos de la investigación histórica ni son falsos ni dañan la fama del abuelo. “Precisamente así reconstruyen los historiadores la historia: investigando, publicando y rebatiendo. Y la investigación histórica no afecta a la intimidad del personaje, no se cuentan su intimidad».

Alejandro Díaz, abogado del despacho especializado en propiedad intelectual PONS IP, señala que “uno de los derechos morales que la legislación reconoce a todo creador, es el derecho a exigir el respeto a la integridad de su obra. Con base en este derecho, el autor puede impedir la realización de cualquier modificación en su creación -en este caso la eliminación de un nombre- siempre y cuando dicha alteración suponga un perjuicio a sus legítimos intereses». Por su parte, Estrella Arana, experta en protección de datos del mismo despacho, explica que “La LOPD vigente incorpora una novedad, ya que las personas vinculadas a un fallecido, ya sea por razones familiares o de hecho, y sus herederos pueden solicitar la rectificación e incluso la supresión de sus datos personales. Este asunto resulta muy interesante teniendo en cuenta la normativa sobre protección de datos personales, ya que esta facultad puede llegar a generar conflicto con otro derecho fundamental como la libertad de expresión o afectar a los resultados que deriven de trabajos de investigación histórica. Desde nuestro punto de vista, debería primar la libertad de expresión sobre todo cuando se analizan archivos de naturaleza histórica”.

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