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Gareth Bale se expone a una sanción por su corte de mangas en el derbi

Gol de Bale (1-3) en el Atlético 1-3 Real Madrid – Real Madrid

La Liga ha denunciado el gesto del futbolista galés, que puede ser castigado con entre cuatro a doce partidos o entre uno a tres, según dicte el Comité de Competición

La Liga ha denunciado ante el Comité de Competición de la RFEF a Gareth Bale, jugador del Real Madrid, tras celebrar su gol en el derbi ante el Atlético con un corte de mangas. El organismo que preside Javier Tebas, en su habitual escrito semanal sobre las actuaciones de la jornada que inciten a la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, apuntó que «en la conducta que conforma esta denuncia se acredita fehacientemente una actuación contraria al régimen jurídico previsto en el referido Código Disciplinario de la RFEF».

«En el minuto 73 de partido, y tras anotar el jugador del Real Madrid CF, Gareth Bale, dorsal 11, el tercer gol de su equipo, en la celebración de este, siendo audible en la grabación audiovisual del partido algunos abucheos de parte de los aficionados locales, agita el brazo derecho llevándoselo a la proximidad de su cabeza, en previsible signo de provocación animosa al público, efectuando posteriormente un ademán de posible significado obsceno y despectivo levantando el brazo doblado y golpeándose en la mitad de él con la otra mano», reza la denuncia de la Liga.

Y es que la Liga es clara al respecto: «Cualquier celebración ofensiva de gol que pudiera generar crispación en el público o que se considerara como contraria al buen orden deportivo, aun cuando no fuera reflejada en el acta arbitral, se trasladaría a este Comité, para la depuración de las responsabilidades disciplinarias oportunas».

Ahora, y «siempre que el Comité considere que la celebración denunciada supone una provocación al público», si existe tal animosidad, Bale podría recibir de cuatro a doce partidos de partidos, pero si es lo contrario, sería de uno a tres. «Las posibles sanciones para esas provocaciones varían en función de si concurre esa conducta configuradora del tipo infractor: que la provocación obtenga el propósito perseguido de provocar la animosidad del público. Si se produce, se sancionará al infractor con suspensión de cuatro a doce partidos; si no se obtiene la animosidad del público, la suspensión será de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes. Esto siempre que el Comité considere que la celebración denunciada supone una provocación al público», explica la Liga.

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